FUNCIONES





Se podría decir que la función de un Defensor del Pueblo es doble:

1) Se encarga de la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses manifiestos en la Constitución Nacional de nuestro país y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración.

2) Se ocupa del control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
Para atender los reclamos, el Defensor del Pueblo de la Nación está capacitado para realizar investigaciones, inspecciones, verificaciones, solicitar expedientes, informes, documentos, antecedentes, determinar la producción de toda otra medida probatoria o elemento que estime útil a los fines de la investigación.

El Defensor del Pueblo de la Nación también está facultado para proponer al Poder Legislativo y a la Administración Pública la modificación de aquellas normas cuyo cumplimiento riguroso pueda provocar situaciones injustas o perjudiciales.

Un Defensor del Pueblo tiene la atribución de investigar, criticar, opinar y recibir denuncias, requiriendo para todo esto la colaboración de los órganos del poder. Un Defensor del Pueblo puede demandar ante organismos jurisdiccionales las violaciones contempladas en sus facultades aunque su misión primordial es la de colaborador crítico y no de litigante pues la Defensoría tiende a evitar los costos y las dilaciones que suponen los procesos judiciales.